Publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de 15 de julio de 2025 la Resolución de 08/07/2025, de la Viceconsejería de la Política Agraria Común y Política Agroambiental, por la que se convocan para el ejercicio 2025, las ayudas destinadas a promover la cooperación mediante la constitución de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), para la preparación y ejecución de proyectos innovadores en los sectores agrario y agroalimentario.
1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los Grupos Operativos de la AEI-Agri constituidos para llevar a cabo proyectos innovadores que cumplan las condiciones de admisibilidad establecidas en la convocatoria.
Los integrantes del Grupo Operativo podrán ser (siempre que se cumplan los requisitos y condiciones de admisibilidad de la convocatoria):
a) Productores del sector primario agrario del ámbito territorial de Castilla-La Mancha y sus agrupaciones o asociaciones.
b) Empresas o industrias del sector agroalimentario del ámbito territorial de Castilla-La Mancha y sus agrupaciones y asociaciones.
c) Del sector investigador o del conocimiento. Entendiéndose como tales a los centros de investigación, universidades, academias científicas reconocidas, centros de desarrollo tecnológico, entidades de I+D+i, entre otros, cuyo fin u objeto social sea la investigación, la compilación y difusión del conocimiento, el desarrollo tecnológico o la innovación.
d) Otros: organizaciones no gubernamentales, grupos de acción local, asociaciones de consumidores o de comercialización, entidades de asesoramiento o cualquier otro agente que desempeñe un papel relevante en la ejecución del proyecto.
Para constituir un Grupo operativo necesariamente deberán participar, al menos, un miembro del sector investigador o del conocimiento y otro del sector primario agrario o del sector agroalimentario, en función del tipo de proyecto a desarrollar.
Para otros requisitos y condiciones de admisibilidad, ver la convocatoria.
La intensidad máxima de la ayuda para cada tipo de gasto subvencionable será:
a) Gastos de constitución del Grupo Operativo y preparación del proyecto innovador: la ayuda máxima será del 100% del gasto subvencionable.
b) Gastos de ejecución y divulgación del proyecto: la ayuda máxima será del 100% del gasto subvencionable. A excepción de las inversiones productivas, señaladas en el epígrafe 7º, 8º y 9º del apartado sexto.2.b) para las que la ayuda máxima será del 65% del gasto subvencionable.
3. El importe máximo de ayuda no podrá superar los 250.000 euros por proyecto innovador.
Para comprobar los tipos de gastos subvencionables, ver la convocatoria.
1. Las solicitudes de ayuda serán dirigidas a la persona titular de la Viceconsejería de Política Agraria Común y Políticas Agroambientales, conforme al modelo que figura en el Anexo I de la convocatoria.
2. Las solicitudes de ayuda de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se presentarán de forma telemática con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
A tal efecto, el representante deberá darse de alta en la plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/.
3. El plazo para presentar las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en la BDNS y de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
4. A la solicitud, se acompañará la documentación establecida en la convocatoria.