Financiación de los programas de fomento del desarrollo tecnológico y de participación en I+D+I realizados por los
Centros Tecnológicos de Castilla-La Mancha.
Podrán tener condición de beneficiarios los centros tecnológicos radicados en Castilla-La Mancha. Se consideran centros tecnológicos aquellas asociaciones miembros de la Federación de Entidades de Innovación de Castilla-La Mancha (Fedicam).
- Los beneficiarios deberán cumplir lo dispuesto en el apartado 1 de la base cuarta de la Orden 141/2023, de 29 de junio.
- Los requisitos previstos en la letra d) del apartado referido en el punto anterior se acreditarán mediante certificación aportada por la entidad solicitante, cuando esta manifieste en la solicitud su oposición a la comprobación de oficio por la Consejería o, en el caso de los datos tributarios, no autorice expresamente a esta comprobación, o cuando no se encuentre en los supuestos definidos en las letras d) o e) del artículo 12.1 del Decreto 21/2008, de 5 de febrero.
- El resto de los requisitos previstos en el apartado que se menciona en el punto 2 de este ordinal se acreditarán mediante declaración responsable incluida en la solicitud. Dicha acreditación mediante declaración responsable se efectuará sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección atribuidas a las administraciones públicas, entre ellas, la posibilidad de requerir en cualquier momento a las entidades beneficiarias la aportación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos que se considere necesaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Se establecen tres modalidades de actuaciones subvencionables para las que se convocan ayudas:
a) Modalidad 1: Proyectos de investigación aplicada o de innovación. Consiste en la ejecución de proyectos de
investigación y desarrollo propios con el fin de incrementar el conocimiento dirigido hacia un objetivo o propósito específico del centro tecnológico e incluirá aquellas actuaciones destinadas a la amplia difusión de resultados de las investigaciones de forma no discriminatoria y no exclusiva. Los resultados esperados de los proyectos ejecutados deberán ser de interés general para la diversificación y la competitividad empresarial especialmente en el sector de referencia del centro participante en el proyecto. Los proyectos deberán incluir actividades de investigación aplicada y la innovación, en particular la investigación industrial, el desarrollo experimental y los estudios de viabilidad, siempre con carácter no económico.
b) Modalidad 2: Programa de actuaciones no económicas de apoyo a la I+D. Este programa favorecerá la identificación de necesidades de I+D en los sectores productivos de Castilla-La Mancha para generar nuevos conocimientos con un objetivo práctico.
c) Modalidad 3: Programa de capacitación del sector productivo. Este programa fomentará el desarrollo de
capacidades para la especialización inteligente, la transición industrial y el emprendimiento de los sectores
productivos de Castilla-La Mancha mejorando la cualificación y formación del personal empleado en el sector
empresarial.
2. Todas las actuaciones subvencionables deberán cumplir lo dispuesto en el apartado 3 de la base quinta de la Orden 141/2023, de 29 de junio.
El gasto que implica esta convocatoria asciende a un total de 1.300.000 euros distribuidos por anualidades de la siguiente manera:
Anualidad 2026: 500.000 euros.
Anualidad 2027: 500.000 euros.
Anualidad 2028: 300.000 euros.
La cuantía individualizada máxima total será de 600.000,00 euros por centro tecnológico, sumando todos los
conceptos de todas las actuaciones subvencionables.
Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario
incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www. jccm.es) e irán dirigidas a la persona titular de la Gerencia de la Innocam.
Las solicitudes se presentarán en un plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
La solicitud consta de un formulario electrónico, que será cumplimentado y firmado con firma electrónica por la
persona representante legal de la entidad.
Es obligatorio, junto a la solicitud, presentar la siguiente documentación, según los modelos disponibles en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La M ancha (https://www.jccm.es):
a) Modalidad 1:
1. Memoria técnica del proyecto y Plan de difusión de los resultados del proyecto. (Anexo I).
2. Memoria con los datos económicos del proyecto. (Anexo II).
b) Modalidad 2:
1. Memoria técnica y Plan de difusión de las actuaciones incluidas en el programa. (Anexo III).
2. Memoria con los datos económicos del programa. (Anexo IV).
c) Modalidad 3:
1. Memoria técnica y Plan de difusión de las actuaciones incluidas en el programa. (Anexo V).
2. Memoria con los datos económicos del programa. (Anexo VI).