Convocatoria 2025 de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha de ayudas para la realización de contratos de acceso de personal investigador doctor cofinanciadas por el Fondo Social Europeo

En plazo. Desde el hasta el

Objeto de la convocatoria: Financiar la contratación por parte de las entidades beneficiarias de un contrato bajo la modalidad de contrato de acceso de personal investigador doctor establecida en el artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, con una duración de tres años.

¿A quién van dirigidas?

Podrán tener la condición de beneficiarias, siempre que tengan centro de trabajo en Castilla-La Mancha, las siguientes entidades:

a) Las Universidades Públicas.

b) Los centros tecnológicos radicados en Castilla-La Mancha, considerando como tales a efectos de esta orden, aquellas asociaciones miembros de la Federación de Entidades de Innovación de Castilla-La Mancha (Fedicam).

c) La Fundación Parque Científico y Tecnológico de Castilla-La Mancha.

d) El Centro Nacional del Hidrógeno.

e) Las entidades públicas de investigación.

Requisitos

Orden 4/2025, de 17 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de contratos de acceso de personal investigador doctor cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+). 

a) Cumplir lo dispuesto en el artículo 74.1 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha y en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

b) Encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la seguridad social según lo regulado en el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero.

c) No estar incursos los administradores o las personas que ostenten la representación legal de las entidades en los supuestos recogidos en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha y no ser receptoras, acreditándolo con declaración responsable, de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que, habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha así como en los organismos y entidades de su sector público, incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha durante el plazo de dos años desde el cese y las de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con la Administración regional, en la forma que se determine reglamentariamente.

d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, cuando resulte exigible por su normativa reguladora, y no haber sido sancionada en los términos contemplados en el artículo 14.3 del citado Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.

e) No haber sido sancionada o condenada de conformidad con lo previsto en el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.

Las entidades beneficiarias además de las previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Autorizar el compromiso de contratación establecido en la solicitud.

b) Formalizar un contrato laboral con el personal investigador doctor, de acuerdo con la legislación vigente y con la duración que se establezca y demás características establecidas para las ayudas.

c) Proporcionar al personal investigador doctor el apoyo necesario y facilitarle la utilización de las instalaciones, equipos y medios materiales, formativos o de cualquier otro tipo que resulten precisos para el adecuado desarrollo de su actividad.

d) Designar una persona investigadora tutora para la conducción del conjunto de las tareas de investigación. En el caso de que, en el momento de la designación la vinculación con la entidad beneficiaria no abarque todo el periodo de ejecución de la ayuda, la entidad deberá designar una nueva persona tutora cuya vinculación abarque el periodo indicado.

e) Comunicar al órgano concedente las renuncias, interrupciones, ausencias temporales y demás incidencias en la ejecución de las ayudas en el plazo máximo de diez días hábiles desde la fecha en que se produzcan. 

Cuantía

El importe total de la convocatoria en el período 2025-2028 asciende a 1.774.845,40 €.

El importe anual de la ayuda de 34.800,89 €.

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https:// www.jccm.es) e irán dirigidas a la persona titular de la Gerencia de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha

 

Plazo de presentación: 24 de Junio al 21 de julio

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