La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas a la investigación
para la realización de proyectos que orienten e impulsen ámbitos y temas de investigación emergentes en el contexto
de las relaciones de género, que profundicen en el conocimiento de la igualdad entre hombres y mujeres de Castilla-
La Mancha, y el estudio de todas las manifestaciones de la violencia de género, haciendo visibles, desde una
perspectiva de género, las diversas situaciones en las que mujeres y hombres se encuentran.
En todo caso, los proyectos que requieran estudios de campo deberán realizarse en el territorio de Castilla-La
Mancha.
Tendrán la condición de personas o entidades beneficiarias, a efectos de la presente resolución:
a) Las personas físicas o grupos de personas físicas.
b) Las entidades sin ánimo de lucro.
c) Las corporaciones de derecho público de alcance provincial o regional con sede o delegación permanente en Castilla-La Mancha.
Las personas o entidades solicitantes deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Orden 40/2023 de 23 de marzo, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación.
Son obligaciones de la persona o entidad beneficiaria de la subvención las contempladas en el artículo 9 de la Orden 40/2023, de 23 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de estas ayudas.
Por otra parte, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de las mismas Bases Reguladoras, referente a la
compatibilidad de estas subvenciones, también tendrá que declarar las subvenciones solicitadas o concedidas, para el mismo proyecto o actividad, cualquiera que sea el momento en que se solicitó o concedió y la Administración ante la que estén presentadas, en el plazo de diez días hábiles contados desde el que se produzca cualquiera de las circunstancias citadas.
La cantidad máxima estimada destinada para esta convocatoria de subvenciones es de 103.000,00 euros, cuya distribución se estima del siguiente modo 64.000,00 euros.
El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte dias hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las corporaciones de derecho público y las entidades sin ánimo de lucro presentarán sus solicitudes únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario específicamente habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
En el caso de personas físicas o grupos de personas físicas, las solicitudes se cumplimentarán preferentemente de forma telemática con firma electrónica, o mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.